Para redactar algunos documentos, por ejemplo, un pasaporte, un hombre está obligado a proporcionar un extracto de su actitud hacia el servicio militar. Y si está en edad de reclutamiento, pero aún no ha servido en el ejército, dicho documento será un certificado de la oficina de registro y alistamiento militar.
Instrucciones
Paso 1
Averigüe dónde se encuentra la oficina de registro y alistamiento militar, a qué está asignado y dónde está registrado. Por lo general, esta es la oficina de registro y alistamiento militar donde pasó la última comisión médica, en caso de que no cambie su lugar de residencia. Si estudias en una institución de educación superior y estás registrado en un albergue, significa que estás registrado en la oficina local de registro y alistamiento militar. Puede averiguar su dirección en la oficina del decano. Además, la información necesaria se puede obtener del certificado de registro, que está disponible para aquellos que aún no han completado el servicio militar.
Paso 2
Especifique el modo de funcionamiento de la oficina de registro y alistamiento militar. Esto se puede hacer por teléfono, que generalmente se encuentra en el directorio de organizaciones de su ciudad. Elija el momento adecuado para visitar la oficina de registro y alistamiento militar. Si su aplazamiento ya ha expirado, es mejor que no comparezca allí durante el período de la llamada.
Paso 3
Lleve consigo su documento de identificación. Si tiene una identificación militar en sus manos, también la necesitará. Después de presentar los documentos, solicite un certificado en el formulario No. 32. Debería indicar que en la actualidad un hombre en particular no está sujeto a servicio militar obligatorio. Pague la tarifa de emisión del certificado, si es necesario.
Paso 4
En caso de que se negaran a proporcionarle un certificado debido a la falta de derecho a un aplazamiento, intente explicar a los agentes de contratación que tienen razón en este asunto. De acuerdo con la ley y los reglamentos internos, solo el hombre respecto de quien la comisión de reclutamiento ya ha decidido enviarlo a las tropas está sujeto a servicio militar obligatorio. Hasta que se tome una decisión de este tipo, tiene derecho a emitir los certificados necesarios. Si obstinadamente no está dispuesto a entregarle el documento necesario, amenace con acudir a los abogados y al tribunal.