Se puede otorgar un período de hasta tres meses para la reconciliación de los cónyuges en caso de divorcio en los tribunales. En este caso, un requisito previo es la falta de consentimiento de uno de los cónyuges para terminar la relación familiar y matrimonial.
Instrucciones
Paso 1
El derecho de familia prevé un período especial para la reconciliación de los cónyuges que han expresado el deseo de disolver el matrimonio. Este período se debe al deseo del estado de garantizar la restauración de la familia y la preservación de las relaciones familiares y matrimoniales.
Paso 2
Si los cónyuges no tienen hijos menores en común, y también existe consentimiento mutuo para el divorcio, se realiza el trámite correspondiente en la oficina de registro. Al mismo tiempo, el período para la reconciliación es de solo un mes, que se cuenta desde el momento de presentar una solicitud conjunta para la terminación del matrimonio.
Paso 3
En los tribunales, un matrimonio se disuelve en ausencia de consentimiento mutuo para terminar las relaciones familiares entre los cónyuges, así como en presencia de hijos menores. En cualquier caso, la ley exige que el tribunal decida sobre la terminación del matrimonio solo cuando existe la confianza de que la preservación de la familia y la vida posterior de los cónyuges no es posible.
Paso 4
La concesión de un plazo para la reconciliación de los cónyuges es un derecho del tribunal, no su obligación. Dependiendo de las circunstancias específicas del caso, el tribunal puede no ejercer este derecho si considera que la provisión de dicho período no importa.
Paso 5
El derecho de familia permite al tribunal conceder cualquier período de conciliación que se encuentre dentro del período prescrito de tres meses. Esto significa que las audiencias judiciales pueden posponerse repetidamente, ya que el juez considera posible preservar las relaciones familiares. Sin embargo, el período total del procedimiento no debe exceder los 3 meses, ya que este es el período máximo establecido.
Paso 6
Si se han agotado todas las posibilidades de conciliación y ha expirado el plazo previsto por la ley, el tribunal otorgará la solicitud de divorcio. Para tomar tal decisión, no se requiere el consentimiento de ambos cónyuges, la expresión de la voluntad de uno de ellos es suficiente.
Paso 7
Incluso si existe confianza en la imposibilidad de reconciliación de los cónyuges, el tribunal no tiene derecho a disolver el matrimonio antes de que expire un mes a partir de la fecha de presentación de la solicitud. El período especificado es el período mínimo para la reconciliación, para la solución de todos los problemas por parte de los cónyuges, por lo tanto, se proporciona en todos los casos de terminación de las relaciones familiares. Si los cónyuges insisten en la terminación del matrimonio, el tribunal, en el acto adoptado, resuelve las cuestiones relacionadas con la división de la propiedad común y el futuro destino de los hijos menores.