La temperatura aceptable en el lugar de trabajo para los trabajadores de oficina es de 22 a 24 grados durante la estación fría y de 23 a 25 grados durante los meses más cálidos. Para algunas aplicaciones, la temperatura óptima indicada puede diferir.
Muchos trabajadores de oficina, otros trabajadores, han escuchado repetidamente que la empresa empleadora está obligada a mantener una cierta temperatura en el lugar de trabajo. Esta medida está prevista por la ley, destinada a proteger la salud de los trabajadores, ya que el trabajo a altas o bajas temperaturas tiene un efecto extremadamente negativo en el organismo. La mayoría de las organizaciones de nuestro país ignoran los requisitos relevantes, lo que sienten especialmente los trabajadores de oficina en el verano. Mientras tanto, el incumplimiento de los requisitos para mantener la temperatura óptima en el lugar de trabajo conlleva la obligación del empleador de reducir el tiempo de trabajo en un cierto número de horas (según el tipo de trabajo y el grado de desviación de temperatura de la norma).
¿Qué temperatura debe proporcionar el empleador a los trabajadores de oficina?
Los rangos de temperatura que las organizaciones deben mantener para sus empleados están determinados por la normativa sanitaria vigente. En este caso, el valor específico de estas cantidades depende de la temporada, tipo de trabajo (nivel de consumo energético del empleado). El problema más urgente de mantener el régimen de temperatura es para los empleados de numerosas oficinas, que literalmente languidecen por el calor en el verano. El valor de temperatura estándar en este caso debe ser de 23-25 grados Celsius en el verano. En la estación fría, este valor cambia a un rango de 22-24 grados. Si se registra una desviación de los valores dados en el lugar de trabajo, los empleados pueden exigir una reducción de las horas de trabajo hasta que se garanticen las condiciones normales de trabajo.
¿Cómo se realiza la reducción del tiempo de trabajo?
Las normas sanitarias, que establecen la temperatura óptima mantenida en el lugar de trabajo, también determinan los límites de la reducción de la jornada laboral en caso de violación del régimen de temperatura correspondiente. Entonces, si la temperatura del aire en la oficina excede los valores permitidos en 3.5 grados, entonces el tiempo de trabajo debe reducirse en una hora. Si el exceso es de 5 grados, entonces puede trabajar en la oficina no más de cinco horas al día. Debe tenerse en cuenta que para otras categorías de trabajadores (por ejemplo, los empleados en instalaciones de producción) se han establecido sus propios valores de temperaturas permisibles y desviaciones máximas. Además, el legislador limita no solo los valores permitidos de la temperatura del aire, sino también la temperatura de las superficies, la velocidad del movimiento del aire y una serie de otros parámetros.