La propiedad adquirida durante el período del matrimonio legal pertenece a los cónyuges en partes iguales, independientemente de cuál de ellos esté registrado el derecho de propiedad. Una excepción a esta regla es un contrato de matrimonio formalizado. Si uno de los cónyuges ha sobrevivido al otro, su parte de la propiedad no se incluye en el patrimonio. El resto se divide entre los herederos por ley o pasa a las personas especificadas en el testamento.
Necesario
- - solicitud al notario sobre la aceptación de la herencia;
- - una lista completa de la masa heredada (lista);
- - documentos de título de propiedad;
- - Certificado de matrimonio;
- - contrato de matrimonio (si lo hubiera);
- - certificado de residencia;
- - certificado de defunción;
- - El pasaporte;
- - un recibo de pago de la tasa estatal.
Instrucciones
Paso 1
La herencia después de la muerte de uno de los cónyuges incluye la mitad del total de los bienes adquiridos conjuntamente, así como los bienes adquiridos antes del registro del matrimonio, donados o transferidos sin cargo durante el período del matrimonio legal. Si se celebró un contrato matrimonial entre los cónyuges con una indicación de la propiedad que pertenece a cada cónyuge, solo se incluirá en el patrimonio lo que perteneció al testador.
Paso 2
Además de su participación conyugal legal, el segundo cónyuge tiene derecho a reclamar la participación del cónyuge fallecido y compartir la herencia en igualdad de condiciones con el resto de los herederos que contraigan derechos por ley.
Paso 3
Si el cónyuge fallecido dejó un testamento, su parte de la propiedad se divide entre los herederos indicados en el último testamento, o por derecho se transfiere a uno de los herederos indicados en el testamento. Puede legar su parte de la propiedad a cualquier persona, pero al mismo tiempo, la libertad de la última expresión de voluntad está limitada solo por la presencia de discapacitados, discapacitados o menores que hayan dependido del testador durante al menos 12 meses antes de la día de su muerte.
Paso 4
Es decir, si todos los bienes del segundo cónyuge legaran a terceros, pero el cónyuge supérstite estaba incapacitado y en el momento de la muerte del testador dependía de él, tiene derecho a recibir no solo su parte marital igual a 1/2, a menos que se especifique lo contrario en el contrato de matrimonio, pero también para reclamar parte de la propiedad del legado, y esta parte será igual a la parte como si el cónyuge participara en la división de la segunda parte conyugal de acuerdo con la ley.
Paso 5
El notario no participa en las disputas que surjan entre los herederos. Por lo tanto, si no puede dividir el patrimonio en acciones por su cuenta y tiene reclamos mutuos o planea disputar partes de la propiedad heredada, presente una solicitud al tribunal de arbitraje con una declaración de reclamo. Un notario emitirá un certificado de herencia en caso de su división controvertida solo sobre la base de una orden judicial.