Al final de cada período de informe, los jefes de contabilidad son responsables de informar y calcular las pérdidas y ganancias. En caso de un resultado financiero negativo, pueden surgir dificultades para cumplir con los requisitos de PBU 18/02 "Contabilidad para los cálculos del impuesto sobre la renta". En este caso, todo depende de dónde se haya producido la pérdida: fiscal o contable.
Instrucciones
Paso 1
Reflejar el ingreso por impuesto a la renta contingente en caso de que la pérdida se reciba tanto en la contabilidad como en la fiscal. Al mismo tiempo, se abre un crédito en la cuenta 99 en la subcuenta "Impuesto sobre la renta condicional sobre las ganancias" y un débito en la cuenta 68 "Cálculos del impuesto sobre la renta".
Paso 2
El siguiente paso es definir el activo con impuestos diferidos. A pesar de que la pérdida de la contabilidad fiscal es igual a la pérdida de la contable, este monto seguirá surgiendo en el futuro después de la cancelación de los gastos a expensas de los ingresos de los períodos posteriores. En este sentido, se abre un crédito en la cuenta 68 y un débito en la cuenta 09.
Paso 3
Determine el monto de la pérdida que se generó en la contabilidad fiscal, si se obtuvieron ganancias en la contabilidad. En este caso, se carga un gasto por impuesto a la renta condicional y se refleja en el abono de la cuenta 68 y el débito de la cuenta 99 en la subcuenta “Gasto por impuesto a la renta condicional”.
Paso 4
Si se muestran diferentes resultados financieros en impuestos y contabilidad, entonces se calculan las diferencias temporarias. El pasivo por impuesto diferido se refleja en el crédito de la cuenta 77 en correspondencia con la cuenta 68, y el pasivo por impuesto permanente en el crédito de la cuenta 99. Posteriormente, el activo por impuesto diferido se muestra en el débito de la cuenta 09.
Paso 5
Compare los resultados financieros de la contabilidad y la contabilidad fiscal. Si en el primer caso se muestra una pérdida, y en el segundo, una ganancia, se carga un impuesto sobre la renta condicional sobre las ganancias, que se refleja en el débito de la cuenta 68 y el crédito de la subcuenta correspondiente de la cuenta 99.
Paso 6
Posteriormente, calcule el activo por impuesto diferido y el pasivo por impuesto permanente, que se reflejan en el abono de la cuenta 68 en correspondencia con las cuentas 09 y 99, respectivamente.
Paso 7
Complete el estado de resultados y el balance general según las publicaciones realizadas. Por lo tanto, no solo reflejará las pérdidas, sino que también cumplirá plenamente con los requisitos de PBU 18/02.