El arrendamiento inmobiliario es uno de los tipos de contratos que más siempre ha estado más regulado por ley. Esto se debe a la gran importancia que se otorga a estos documentos en relación con las actividades de las entidades económicas.
Los jefes de las organizaciones tienen muchas preguntas sobre la necesidad del registro estatal de un contrato de arrendamiento. Cabe señalar que un contrato de arrendamiento puede celebrarse por un período determinado, que es negociado por las partes, y por un período indefinido. No es necesario registrar un contrato de arrendamiento para locales no residenciales celebrado por un período inferior a 1 año. Los locales no residenciales son parte de un edificio o estructura. El contrato de arrendamiento de este último está sujeto al registro estatal solo si se concluye por un período de más de 1 año de acuerdo con las normas de la legislación civil.
En algunos casos, el contrato de arrendamiento se concluye por un período de menos de 1 año, por ejemplo, 11 meses, y luego se renueva por el mismo período. En este caso, es necesario remitirse a la Carta Informativa del Presidium de la Corte Suprema de Arbitraje de fecha 16 de febrero de 2001. Contiene instrucciones de que un contrato de arrendamiento celebrado por un período inferior a 1 año debe considerarse4 inválido en el día de su terminación. Si en este momento se concluye un nuevo acuerdo por el mismo período, las relaciones entre las partes se regirán por el acuerdo recién celebrado, lo que significa que este documento no está sujeto a registro estatal.
Entonces, en el contrato de arrendamiento, se puede especificar una certeza temporal (menos de o más de 1 año). Pero a veces el contrato se concluye por un período indefinido, es decir no hay certeza del tiempo. En este caso, de acuerdo con el Código Civil, si el plazo del arrendamiento no está especificado en el contrato, se considera concluido por tiempo indefinido. Al mismo tiempo, cualquiera de las partes tiene derecho a retirarse de la relación contractual notificando a la otra parte sobre esto con un mes de anticipación, y al alquilar una propiedad inmobiliaria, con tres meses de anticipación. La legislación no contiene ninguna información sobre el registro de un contrato de arrendamiento indefinido. Sin embargo, la Carta Informativa de la Corte Suprema de Arbitraje informa que el contrato está sujeto a registro estatal solo si se concluye por un período determinado. De lo contrario, no se requiere el registro del contrato.