La privación de la patria potestad no exime de la obligación de mantener al niño, sobre cuya base se cobra la pensión alimenticia de los padres. Por eso, incluso con tal privación, el padre debe pagar la pensión alimenticia de los hijos menores.
La privación de la patria potestad es una institución especial del actual derecho de familia, que prevé la eliminación de todos los privilegios otorgados a los padres. En tal privación, el niño conserva todos sus derechos, incluido el derecho a recibir alimentos, el derecho a una participación en la propiedad y el derecho a la herencia posterior. El progenitor se ve privado del derecho a recibir manutención de un hijo en la vejez, derecho a recibir beneficios asociados a la presencia de hijos menores. También se mantiene la obligación de pagar la pensión alimenticia, y la ley no prevé excepciones o reducciones en el monto establecido de los pagos correspondientes en caso de privación de la patria potestad.
¿Cómo se asigna la pensión alimenticia cuando el padre se ve privado de la patria potestad?
La privación de la patria potestad solo puede llevarse a cabo en los tribunales, y el derecho de familia establece una lista de cuestiones que el tribunal resuelve al considerar el caso pertinente. Uno de estos temas es el nombramiento de la pensión alimenticia en el monto que establece la ley, que el padre privado de la patria potestad debe pagar para el mantenimiento del hijo. Es por eso que en este caso no se requiere una solicitud separada para el nombramiento de la pensión alimenticia, el juez debe considerar automáticamente este tema en virtud de una indicación directa de la ley. Hay que tener en cuenta que a la hora de determinar el monto de la pensión alimenticia se aplican las reglas generales, que suelen utilizarse para su cálculo. El monto del pago mensual se establece en partes de los ingresos permanentes del padre y, en ausencia de un ingreso permanente, se puede determinar en una cantidad fija, de manera combinada o en partes de las ganancias promedio en la Federación de Rusia..
Solicitud posterior para el nombramiento de pensión alimenticia
Si, por alguna razón, el tribunal no consideró el tema del nombramiento y el pago de la pensión alimenticia al resolver un caso de privación de la patria potestad, entonces el representante legal puede presentar la solicitud con la solicitud correspondiente en cualquier otro momento. El derecho a recibir estos pagos en cualquier caso permanece en el niño hasta que alcance la mayoría de edad o adquiera la plena capacidad jurídica por otros motivos. Si es necesario, después de la emisión de un acto judicial apropiado, se toman medidas para buscar al deudor, arrestar su propiedad e imponer una sanción a los pagos recibidos de vez en cuando. Para ello, el reclamante debe primero dirigirse a los alguaciles con la correspondiente declaración.