Además de la propiedad, las deudas del difunto también pasan al heredero, por lo que en algunos casos existen todas las razones para rechazar la herencia. Para ello, es necesario redactar una declaración y, dentro del plazo establecido por la ley, presentarla en la notaría, donde está abierta la herencia.
Instrucciones
Paso 1
Si ha decidido renunciar a la herencia, recuerde que debe presentar una solicitud para ello en la notaría dentro de los seis meses siguientes a la fecha del fallecimiento del testador. De lo contrario, tendrá que defender su derecho a negarse ante un tribunal. Recuerda que al renunciar a la herencia, no podrás reclamarla posteriormente.
Paso 2
La declaración de denegación se puede redactar de forma independiente, sin la participación de asesores legales. En el encabezado, escriba el nombre y la dirección de la notaría que abrió la herencia. A continuación, escriba su nombre, patronímico y apellido, indique la dirección de su residencia.
Paso 3
Ve al texto principal. Como de costumbre, al escribir dichos documentos, en el centro de la línea, escriba "Declaración de renuncia a la herencia". Además, en una oración, diga que usted, indique su nombre y apellido, rechaza la propiedad que le debe un pariente (abuela, abuelo) que murió en tal o cual día. Pon un número. Imprime y suscríbete.
Paso 4
Si renuncia a la herencia a favor de otra persona, anótelo en el texto principal de la solicitud. Recuerda que solo puedes ceder la propiedad a favor de un familiar de la misma línea de sucesión que tú.
Paso 5
Con una solicitud preparada, puede rechazar la herencia. Utilice una de las opciones. Primero, lleve personalmente la solicitud a la oficina del notario donde se abrió la herencia. La segunda es certificar la solicitud ante cualquier notario, y luego enviarla por correo certificado con notificación a la notaría que abrió la herencia. En tercer lugar, escriba un poder notarial, que establece el derecho a rechazar la herencia, a un tercero. Esta persona llevará personalmente la solicitud a la oficina del notario que abrió la herencia, mientras que la declaración de denegación debe estar notarizada.