La práctica de proporcionar viviendas en dormitorios a especialistas no residentes que trabajaban en la empresa estaba muy extendida durante la Unión Soviética. Ya no existe ese país, pero los albergues y sus residentes, que quieren ejercer su derecho a la privatización, se han mantenido.
Condiciones para la privatización de dormitorios
El artículo 4 de la Ley Federal "Sobre la Privatización del Parque de Viviendas" contiene una prohibición directa de la privatización de locales residenciales en albergues, que pertenecen a la categoría de viviendas departamentales e inicialmente estaban en el balance de las empresas. Pero esta prohibición ahora se elude fácilmente, ya que las empresas municipales y estatales ya han transferido sus albergues al resto de los municipios locales, transfiriéndolos así a la categoría de "edificios residenciales de varios apartamentos". En este caso, los acuerdos de arrendamiento social se celebran con los ciudadanos que viven en dichas casas, que son la base para la posterior privatización y transferencia de propiedad de los residentes del parque de viviendas municipales. En este caso, el procedimiento de privatización se lleva a cabo como de costumbre.
Es cierto que además de esto, la habitación que desea privatizar debe cumplir varias condiciones más. Esta debe ser una habitación aislada, no una habitación de paso. Además, no puede privatizar parte de un dormitorio o una esquina separada. Es decir, solo puedes convertirte en propietario de una habitación si vives en ella solo o con tu familia.
Privatización de la sala a través de la cancha
En el caso de que el albergue todavía esté en el balance de la empresa, tiene la oportunidad de privatizarlo solo si se mudó a la habitación antes de la entrada en vigor del nuevo Código de Vivienda de la Federación de Rusia, es decir, antes del 2004-03-01 y solo a través de la corte. En este caso, la decisión judicial será positiva si puede probar que la habitación se le proporcionó en virtud de un contrato social. En este caso estará de su lado el Tribunal Constitucional, que en sus sentencias No. 220-O de 02.11.2000, No. 350-O de 05.11.2003 y No. 441-O de 21.12.2004 declaró la inadmisibilidad de adoptar decisiones sobre la privatización de locales en albergues, teniendo en cuenta únicamente el régimen legal formal de dichas viviendas.
Para obtener una decisión judicial sobre este tema, debe solicitar un plano técnico de la sala y un extracto del registro estatal de objetos de construcción de capital en la sucursal de la Empresa Unitaria del Estado Federal "Rostekhinventarizatsiya". Estos documentos deben adjuntarse a la declaración de reclamación, en la que puede solicitar al tribunal que obligue a las autoridades municipales a celebrar un acuerdo de privatización con usted o que reconozca su propiedad del dormitorio según la ley de privatización.