Desde un punto de vista legal, un poder es un documento mediante el cual una persona (física o jurídica) autoriza a otra a representar sus intereses en la realización de determinadas acciones, la enajenación de tal o cual bien (muebles e inmuebles) pertenecientes al director. Los poderes pueden ser muy diferentes: para la comisión de cualquier acción específica o puntual, así como para representar intereses en todos, sin excepción, asuntos relacionados con un área en particular: poderes generales.
Instrucciones
Paso 1
El tipo de poder general más popular y conocido es el poder general para un automóvil (cualquier otro vehículo). Este documento le da a la persona autorizada el derecho de disponer del vehículo a su propia discreción: vender, canjear, arrendar, realizar cualquier acción relacionada con la operación y orden del vehículo, dar de baja en el AIM. Además, el poder general otorga al abogado el derecho a conducir un automóvil en el extranjero, así como delega el derecho a encargar el vehículo a un tercero.
Paso 2
El poder general para bienes raíces (apartamento, casa, local, terreno) otorga al abogado una amplia gama de poderes: resolver problemas burocráticos, tramitar trámites, firmar las solicitudes necesarias para el registro de bienes raíces en nombre de el principal, para redactar contratos de compraventa, donación, alquiler metros cuadrados en alquiler, permuta por otra propiedad. Por regla general, los poderes de este tipo se emiten no para todos los inmuebles propiedad del principal, sino para algún objeto específico, cuya dirección y datos registrales deben indicarse en el texto del documento.
Paso 3
Poder general para todos los bienes. Este documento permite al fideicomisario representar los intereses del principal en todas, sin excepción, las instituciones, independientemente de su forma de propiedad (pública o privada), ante los individuos, con respecto a cualquier tema. Con tal poder en la mano, un abogado puede disponer de todos los bienes (muebles e inmuebles), cuentas bancarias (abrir y cerrar cuentas, retirar y depositar las sumas necesarias, renegociar contratos), recibir remesas: pensión, asistencia social, salarios. y cualquier correspondencia. Además, tal poder general otorga el derecho a representar intereses en todos los tribunales, administraciones, ministerios, fiscales, oficina de registro, fondo de pensiones, inspección fiscal, oficina de vivienda, etc.