El cálculo de las ganancias promedio, que se tiene en cuenta al pagar las próximas vacaciones, debe realizarse de acuerdo con el Decreto Gubernamental No. 922 del 24.12.07. Hizo algunos ajustes al Reglamento No. 213, según el cual el cálculo se hizo antes y explicaciones más detalladas sobre la inclusión de bonificaciones, incentivos y remuneraciones en los ingresos promedio.
Instrucciones
Paso 1
En particular, la cláusula No. 13 de esta disposición introduce cambios significativos en la contabilización de las bonificaciones en las ganancias promedio al pagar el pago de vacaciones. Establece claramente que todas las bonificaciones acumuladas por el período de facturación se tienen en cuenta para calcular el salario promedio por pagar las vacaciones anuales en su totalidad independientemente del período trabajado, como era el caso del reglamento núm. bonificaciones, remuneraciones e incentivos sobre los que se retuvieron las rentas.
Paso 2
Es decir, si un empleado no ha trabajado el período de facturación en su totalidad y, teniendo en cuenta las horas trabajadas incompletas, ha recibido algún tipo de bonificación, se deben tener en cuenta en el cálculo de las ganancias medias a pagar por las próximas vacaciones en completo.
Paso 3
Si las bonificaciones se acumulan sin tener realmente en cuenta el período trabajado, deben ajustarse en el cálculo de los ingresos medios, teniendo en cuenta los días reales trabajados. Para hacer esto, divida el monto de la bonificación por los días hábiles del período de facturación y multiplíquelo por los días de trabajo reales.
Paso 4
Solo aquellas bonificaciones, remuneraciones e incentivos que se especifican en los documentos regulatorios y colectivos internos de la empresa pueden incluirse en el monto total de las ganancias promedio. Si las recompensas monetarias se pagaron por única vez y no están asociadas con incentivos por los resultados directos del trabajo, estas cantidades no se incluyen en la cifra total estimada.
Paso 5
Asimismo, la disposición No. 922 regula claramente que es necesario tomar en cuenta precisamente aquellas primas que se pagaron en el período de facturación. Puede tener en cuenta solo una cantidad de incentivos en efectivo para los mismos indicadores laborales. Si se han pagado varios incentivos en diferentes interpretaciones, solo se puede tener en cuenta uno.
Paso 6
Las bonificaciones mensuales deben incluirse en la cantidad para calcular las ganancias promedio en su totalidad. Si se han pagado varios premios por los mismos indicadores, se debe incluir en el cálculo uno, pero el monto pagado más grande.
Paso 7
Al pagar bonificaciones trimestrales, se pueden tener en cuenta no más de cuatro veces, si se realizaron pagos por diferentes indicadores de trabajo, cada monto se puede incluir en el cálculo de los ingresos promedio. La misma situación se aplica a las bonificaciones semestrales. O ingrese en el cálculo general no más de dos veces, pero también puede tener en cuenta varias veces si se emitieron para diferentes indicadores.
Paso 8
La prima anual se puede agregar al monto total una vez para los indicadores del año anterior. Si el período no se ha resuelto en su totalidad, el cálculo debe realizarse en proporción al tiempo trabajado. Lo cual, en general, no es necesario. Después de todo, ningún empleador pagará bonificaciones si el mes, trimestre o año no se ha calculado por completo. Casi todas las empresas calculan las bonificaciones de acuerdo con el tiempo trabajado y la contribución total al desarrollo de la producción y en proporción al mismo.