La deuda que no se paga de forma voluntaria se puede cobrar por la fuerza mediante la presentación de una declaración de reclamación y un paquete de documentos que confirmen la ocurrencia de la deuda al tribunal de arbitraje.
Necesario
- - declaración de reclamación;
- - contrato o recibo;
- - El pasaporte;
- - documentos que confirmen la deuda surgida.
Instrucciones
Paso 1
Para cobrar cualquier tipo de deuda por la fuerza, presente una declaración de reclamación ante el tribunal de arbitraje. Indique en detalle el motivo de la deuda, el monto principal de la deuda, la tasa de interés, si se emitió un préstamo o préstamo.
Paso 2
Además de la solicitud para la consideración del caso en el tribunal, deberá adjuntar el paquete completo de documentos que confirman la deuda. Si se emitió un préstamo, adjunte un contrato; si es un recibo por escrito, preséntelo para que lo considere el tribunal. También se requerirán todas las fotocopias de los documentos.
Paso 3
Al cobrar deudas por impuestos, tasas, multas administrativas, adjunte a la solicitud los originales y fotocopias de las solicitudes de pago enviadas al deudor contra recibo mediante carta certificada con notificación y lista de anexos.
Paso 4
Sobre la base de los documentos presentados, después de la investigación y consideración del caso en el tribunal, el tribunal emitirá una orden para cobrar el monto total de la deuda del deudor por la fuerza.
Paso 5
Después de que se emita la orden judicial, recibirá una orden de ejecución, que puede enviar al lugar de servicio del deudor, presentar a las estructuras bancarias si tienen una cuenta de ahorros o comunicarse con los alguaciles si no puede cobrar la deuda por su cuenta o no hay nada que quitarle al deudor.
Paso 6
Solicite el servicio de alguacil, presente su pasaporte, original y fotocopia del auto de ejecución. Sobre la base de su solicitud, se iniciarán procedimientos de ejecución para el cobro de deudas ejecutado. El plazo legal para la ejecución de la pena es de dos meses.
Paso 7
Los alguaciles tienen la autoridad para hacer un inventario de la propiedad existente del deudor con el fin de venderla para pagar la deuda surgida. Si no hay propiedad, el deudor se verá involucrado en trabajos forzados para poder pagar la deuda en partes.