El poder notarial general es la forma más común de poder notarial. Lo hacen en los casos en que el mandante necesita transferir el derecho a ejercer legalmente poderes en cualquier campo de actividad o administrar la propiedad en su totalidad en nombre de una persona jurídica o persona física.
Instrucciones
Paso 1
El poder general se redacta únicamente por escrito, la forma oral no tiene fuerza legal.
Paso 2
El poder general no se considera válido si no se indica en él la fecha de emisión.
Paso 3
Si el poder se redacta en nombre de una persona jurídica, debe estar certificado por la firma y el sello de la cabeza. Solo los poderes emitidos sobre la base de una transferencia están sujetos a la certificación notarial obligatoria por un notario a las personas jurídicas. En otros casos, solo los poderes emitidos a personas físicas deben ser notarizados. Pero como muestra la práctica, es mejor certificar cualquier poder general.
Paso 4
Los poderes que asigne a la persona autorizada deben describirse con gran detalle.
Paso 5
Lo mejor es indicar en el texto del poder los datos del pasaporte de la persona autorizada.
Paso 6
Es imperativo indicar en el poder general el derecho de sustitución.
Paso 7
Si el jefe de la organización ha cambiado repentinamente, debe reemplazar inmediatamente los poderes firmados por el antiguo director por el poder firmado por el nuevo.
Paso 8
Lo mejor es indicar el plazo del poder, pero el máximo se puede hacer solo por tres años, en el futuro habrá que volver a hacerlo. Si no especificó el término, el poder general seguirá siendo válido, pero solo durante un año a partir de la fecha de la firma del poder.