¿Es Retroactiva La Ley Sobre Procedimientos De Ejecución?

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¿Es Retroactiva La Ley Sobre Procedimientos De Ejecución?
¿Es Retroactiva La Ley Sobre Procedimientos De Ejecución?
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La Ley de Procedimiento de Ejecución establece las condiciones y el procedimiento para realizar acciones destinadas a hacer cumplir las decisiones judiciales. Como la mayoría de las otras leyes, es retroactivo solo en algunos casos.

¿Es retroactiva la ley sobre procedimientos de ejecución?
¿Es retroactiva la ley sobre procedimientos de ejecución?

¿Es retroactiva la ley sobre procedimientos de ejecución?

La Ley Federal de Procedimientos de Ejecución garantiza la ejecución de las decisiones judiciales. Este documento normativo es el principal para los empleados de FSSP. Se basa en una serie de principios, los principales de los cuales son:

  • legalidad;
  • actualidad de las medidas de influencia establecidas;
  • inviolabilidad de un mínimo de propiedad;
  • la correlación del alcance de las reclamaciones y las medidas aplicadas a los deudores.

La ley de procedimientos de ejecución no es retroactiva, de acuerdo con la definición adoptada en la legislación moderna. La fuerza retroactiva de la ley es su extensión a aquellos casos que antecedieron al momento de su entrada en vigencia. Los procedimientos de ejecución entran en vigor desde el momento de su aceptación y registro.

Pero también hay una excepción a la regla. En la práctica jurídica, la ley tiene efecto retroactivo si se dirige a la eliminación o mitigación de la pena. Por ejemplo, si, por decisión judicial, se indicaron una serie de medidas contra el infractor de la ley, pero luego se anunció que la ley básica fue despenalizada, el proceso de ejecución debería darse por concluido. La cláusula retroactiva se aplica a quienes ya están siendo sancionados.

Cuando los procedimientos de ejecución pueden darse por terminados o cancelados

El concepto de "fuerza retroactiva" a veces significa la posibilidad de rescisión, cancelación de los procedimientos de ejecución iniciados. La legislación moderna no excluye esto. La Ley Federal de "Procedimientos de Ejecución" establece que todas las medidas contra el deudor pueden terminarse debido a:

  • un acuerdo de paz entre las partes;
  • la negativa del recuperador a recibir la cosa incautada del deudor;
  • cancelación, terminación del acto judicial en virtud del cual se inició el caso.

En todos estos casos, es posible no solo dar por terminado el enjuiciamiento del deudor, sino también devolverle dinero u otros valores materiales que se recibieron bajo el auto de ejecución. En el caso de cualquier disputa sobre la devolución de lo recibido del deudor, es necesario resolver el problema en los tribunales.

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